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¿Qué tipo de trabajadores no recibirán el aguinaldo doble?

La jornada laboral en México y en todo el mundo se refiere al tiempo que un empleado dedica a sus labores dentro de un trabajo durante un día, una semana o un periodo determinado.

La duración de la jornada laboral puede variar según la legislación laboral de cada país, el tipo de industria, el contrato de trabajo y otros factores. Algunos aspectos importantes de la jornada laboral incluyen:

  1. Horas de trabajo
  2. Horas extraordinarias
  3. Descansos
  4. Días de descanso
  5. Vacaciones pagadas

Además de los factores mencionados, existen prestaciones que los trabajadores deben recibir por derecho, como el aguinaldo.

De acuerdo con el artículo 87 actual de la Ley Federal del Trabajo en México, el aguinaldo es un derecho de los trabajadores a recibir, cada año, antes del 20 de diciembre, una cantidad equivalente a 15 días de salario como mínimo.

Sin embargo, ante la percepción de que esta cantidad de aguinaldo no es suficiente, la Comisión de Trabajo y Previsión Social de la Cámara de Senadores aprobó una reforma de ley que propone aumentar el aguinaldo anual de 15 a 30 días de salario.

Esta propuesta se fundamenta en que la prestación del aguinaldo no ha sido modificada en casi cinco décadas y que en algunos países de América Latina se otorga hasta un aguinaldo doble.

¿Quiénes no lo recibirán?

Los senadores que integran la Comisión de Trabajo expresaron su acuerdo con la modificación al artículo 87 para que el pago de aguinaldo se duplique a 30 días de salario y se realice antes del 20 de diciembre.

Es importante destacar que esta reforma debe ser discutida y votada por el pleno de la Cámara alta, y aún debe ser aprobada por la Comisión de Estudios Legislativos Segunda.

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Cabe mencionar que los trabajadores contratados por honorarios actualmente no tienen derecho a recibir aguinaldo, a menos que exista una subordinación laboral mediante la prestación de servicios permanentes a un solo patrón.

En este caso, deberían cubrir un horario de trabajo con una duración máxima legal de 8 horas, recibir instrucciones de un superior inmediato y tener un lugar fijo de trabajo dentro de la empresa o establecimiento, según lo establecido por la Ley Federal del Trabajo.

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