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TEPJF revoca designación de gobernador interino de Nuevo León

La Sala Superior del Tribunal Electoral revocó la designación de Arturo Salinas como gobernador interino de Nuevo León porque no cumple con los requisitos de elegibilidad, luego de que Samuel García solicitó licencia por seis meses.


Además, determinó que el Congreso de Nuevo León es el encargado de nombrar al gobernador interino, apegado a las leyes locales y generando los consensos necesarios al interior del órgano parlamentario.
Lo anterior se suma a la suspensión avalada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación contra el nombramiento del gobernador interino.

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El Congreso local aprobó una licencia a Samuel García por seis meses, del 2 de diciembre al 2 de junio del próximo año, la cual solicitó para competir por la candidatura de Movimiento Ciudadano a la Presidencia de la República.


Al presentar su proyecto, la magistrada Janine Otálora expuso que existe una prohibición a las magistraturas del Tribunal Superior de Justicia para que, aun teniendo licencia en el cargo judicial ocupen cualquier cargo en el gobierno de la entidad, por lo cual, Arturo Salinas, quien se desempeñaba como magistrado presidente del Tribunal local, es inelegible.


“Lo que en el caso resulta relevante, porque mediante otorgamiento de licencias, podría afectarse la autonomía e independencia del Poder Judicial, al permitir que sus integrantes encabecen cargos o puestos dentro del Poder Ejecutivo. También es necesario que el sistema de suplencias salvaguarde el correcto funcionamiento del gobierno estatal, atendiendo a que la ausencia es temporal, por lo que debe verificarse la estabilidad en el gobierno de la entidad”, manifestó.


El magistrado Reyes Rodríguez Mondragón coincidió en que Arturo Salinas no es elegible para ser gobernador interino, ya que entre las bases para organizar esta división de poderes destaca la relativa a la prohibición absoluta de que converja en una sola persona dos poderes de la Unión.


“Me parece que en el presente caso el Congreso del Estado de Nuevo León al nombrar como gobernador interino al titular del Poder Judicial de dicha entidad desconoció este principio fundamental de división de poderes y una licencia no justifica, no genera las condiciones para, respecto de este principio”, alertó.


Respecto al deber del Congreso para hacer un nuevo nombramiento, consideró que se debía establecer en la resolución que se tenían que tomar en cuenta todas las propuestas formuladas por los grupos parlamentarios, incluyendo a la oposición, en este caso, Movimiento Ciudadano.


“Me parece que una condición de consenso, de procedimiento es que, esa Comisión tiene que dictaminar todas las propuestas que ahí se presentan y lo digo en relación de uno de los hechos y características de este procedimiento en donde no se consideró o se modificó el dictamen presentado hacia el Pleno del Congreso del estado”, apuntó.


En contra del planteamiento del magistrado presidente, la magistrada Mónica Soto advirtió que esto podría implicar la intromisión en la vida interna del Congreso.


Finalmente, dicha propuesta no fue incorporada en la resolución final de la Sala Superior.

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