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Van por programas de Protección Civil en los CETRAM

El Organismo Regulador de Transporte lanzó una licitación para desarrollar programas internos de Protección Civil en diversos Centros de Transferencia Modal; el fallo se dará a conocer el 13 de agosto.

ALCALDÍAS | 05/08/2026| 18:27

El Gobierno de la Ciudad de México contempla que a partir de mediados de este mes, se desarrollen programas de Protección Civil en centros de Transferencia Modal (CETRAM).

El Organismo Regulador de Transporte (ORT), dirigido Fernando Solís Godinez, prevé dictar el próximo 13 de agosto el fallo para elegir a una empresa o persona física, que sea contratada para brindar un “servicio integral para el desarrollo de los programas internos de Protección Civil en diversos CETRAM”, según expone la convocatoria a la Licitación ORT-LPN-003-2026, publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

De acuerdo con el documento suscrito por la directora Ejecutiva de Administración y Finanzas del ORT, Liliana Herrera Sotelo, lo anterior ocurrirá luego de que el 11 de agosto sean presentadas las diferentes propuestas de los concursantes interesados, quienes tienen hasta dos días antes para adquirir las bases correspondientes, en el inmueble ubicado en el número 17 de Avenida del Taller, en la colonia Álvaro Obregón de la alcaldía Venustiano Carranza.

Cabe señalar que si bien hay 37 CETRAMs en la Ciudad de México, la convocatoria no detalla si estos programas de Protección Civil se harán en todos estos, o en cuáles se llevará a cabo el servicio.

Diversas dependencias gubernamentales definen a los programas de Protección Civil, como aquellos que integran objetivos, políticas, estrategias, líneas de acción y metas encaminadas a concretar objetivos, tendientes a proteger a la población, sus bienes, servicios estratégicos y su entorno.

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De acuerdo con la Ley General de Protección Civil, las empresas o particulares necesitan deben estar debidamente registrados, para poder emitir programas de este tipo que sean válidos.

“Para que los particulares o dependencias públicas puedan ejercer la actividad de asesoría, capacitación, evaluación, elaboración de programas internos de protección civil, de continuidad de operaciones y estudios de vulnerabilidad y riesgos en materia de protección civil, deberán contar con el registro expedido por la autoridad competente de protección civil, de acuerdo con los lineamientos establecidos en el Reglamento de esta Ley”, dispone la mencionada legislación en su artículo 11.

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