Regulación a vehículos eléctricos aún no es realidad
La falta de actualización del Reglamento de Tránsito mantiene en pausa la aplicación de la ley

Desde 2025 el gobierno de la Ciudad de México impulsó reformas para regular a los vehículos motorizados eléctricos personales (Vemepe) y que estén sujetos a la Ley de Movilidad de la Ciudad de México. En los avances de estas modificaciones, esta regulación aún no se pone en práctica debido a la falta de actualización del Reglamento de Tránsito.
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La iniciativa de reformas a la Ley de Movilidad y Reglamento de Tránsito para regular a los Vemepe fue anunciada en marzo del año anterior. El objetivo fue garantizar una movilidad segura, dar orden al tránsito y mitigar el impacto al medio ambiente, ya que en la capital se tuvo un registro de 750 mil 722 motocicletas de combustión interna y eléctricas que circularon en 2024 pero en un limbo legal debido a la falta de leyes sobre estos vehículos.
Los Vemepe es una categoría que se implementó para agrupar a scooters, bicicletas eléctricas, bicimotos y motos eléctricas que superen los 25 kilómetros por hora. Las propuestas de reforma llegaron al Congreso de la Ciudad de México, en dónde los diputados locales aprobaron por unanimidad las regulaciones el pasado 15 de agosto.
Esto implicó que las nuevas disposiciones sobre Vemepe que se plantearon en la Ley de Movilidad, también se deben incluir en el Reglamento de Tránsito de la capital. Para ello, el Congreso dio un plazo de 360 días a las autoridades responsables del reglamento, la Secretaría de Movilidad (Semovi) y Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC), para actualizar esta normativa y adecuaciones correspondientes en los procedimientos de regulación. De esta forma la regulación a Vemepe se logró en el papel, pero aún falta que se ponga en la práctica.
Las medidas que se contemplaron para la regulación de scooters y motos eléctricas pequeñas fue su definición como Vemepe; ahora es requisito la licencia de conducir a los usuarios de estos vehículos, además de su registro mediante placas; delimitó los espacios por los que pueden circular los Vemepe ya que, por su velocidad, tienen prohibido circular en vías ciclistas, banquetas y carriles confinados; por norma obligatoria de seguridad, se ordenó el uso de casco y el uso de luces encendidas; además de que estarán clasificados en distintas categorías de acuerdo a su peso y potencia.
De esta manera al estar regulados los Vemepe, los usuarios que incumplan con las normas específicas del Reglamento de Tránsito, pueden ser infraccionados por los elementos policiacos correspondientes.
En esta regulación, las autoridades precisaron que es necesaria la diferenciación de los Vemepe con los vehículos no motorizados como bicicletas y patines, ya que estos funcionan por tracción humana, pedaleo asistido o con motores que no rebasan los 25 kilómetros por hora.




